La tramitación de la Ley para la Igualdad de Trato y No Discriminación sigue su curso de manera efectiva. El pasado 27 de abril el Congreso de los Diputados marcó un hito histórico; después de tantos años de lucha, el Código Penal recogerá explícitamente el antigitanismo como un delito de odio.
Este hecho delictivo atenta contra la dignidad de las personas y la igualdad (artículos 10 y 14 de la Constitución), derechos fundamentales, por lo que la protección de los mismos debe garantizarse.
Esta Ley, conocida también como ‘Ley Zerolo‘, entre otras medidas; modifica los artículos 22 y 510 del Código Penal, que recoge las circunstancias agravantes de un acto delictivo y el delito de odio respectivamente. Reconociéndose de esta manera el antigitanismo como elemento especifico e independiente de otros como los motivos racistas o la pertenencia a una etnia o raza a la hora de aplicar estos artículos.
La persecución y discriminación de los gitanos y gitanas es histórica, por lo que después de tantos años de sufrimiento, la regulación legislativa podría dar lugar a una nueva era. En esta nueva la justicia deberá actuar de la mano de la educación para poder garantizar un Estado de igualdad libre de discriminación.
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